La sentencia "firme e irrecurrible" revoca una anterior resolución del que fue instructor de la operación Malaya, estima los recursos de apelación que presentaron la Fiscalía y el prelado y desestima el que promovió el sacerdote. La Sección Segunda -cuyo presidente acordó que la resolución fuera dictada por todos sus miembros- no aprecia "razones" para modificar el relato de hechos probados de la sentencia recurrida, por la que se le condenó al pago de una multa de 3.750 euros.
La Audiencia considera que, al margen de que fuesen esas relaciones del querellante con CajaSur la razón "más poderosa" del cese en sus cargos, esta cuestión "no resulta relevante" penalmente ya que, explica, aquellos cargos eran de confianza y podían ser "removidos" por el arzobispo.
Las injurias han prescrito
Según el Tribunal, tampoco puede compartirse la afirmación de que el Cabildo carecía "por completo" de derechos sobre la obra, sino que podía legalmente decidir sobre su publicación y ordenar al cura la paralización de la misma.
"La decisión de detener la publicación de la obra estaba al alcance del acusado, y la orden impartida a su subordinado jerárquico, coordinador de aquella, no puede integrar el requisito de ausencia de legitimación", dice la Sección Segunda, que considera que esta determinación, por tanto, estaba "amparada" por la condición del prelado de editor de la misma.
Respecto a las injurias, que en cualquier caso ya habrían prescrito, la sentencia considera que las expresiones contenidas en unos de los decretos del obispo, que motivaron la suspensión del sacerdote, lesionaron su honor y buen nombre en su comunidad.
"La atribución al querellante por parte del arzobispo de las conductas a que se refiere el decreto -apropiación de bienes, entre otros- (...) no es una afirmación de menor entidad", dice la Audiencia, que considera las acusaciones "sin ningún sustento sólido y apoyadas en meras hipótesis o especulaciones".
Primer prelado en el banquillo
El arzobispo de Granada , Francisco Javier Martínez, se convirtió el pasado 14 de noviembre en el primer prelado que se sentaba en el banquillo de los acusados para responder de los delitos que le atribuyó un sacerdote, en un caso que suscitó un gran interés social y mediático.
Francisco Javier Martínez, además de defender su inocencia, incidió durante el juicio en que nunca quiso hacer daño a nadie y que, con su actuación, sólo pretendía "gobernar bien la Iglesia".
Oficina de Prensa de Comunión y Liberación Madrid, 25 de abril de 2008
La sentencia firme que absuelve al Arzobispo de Granada, Mons. Javier Martínez del delito de coacciones y de la falta de injurias es un motivo de alegría y de satisfacción por el funcionamiento de nuestro Estado de Derecho. La Audiencia provincial de Granada ha atendido los argumentos del Ministerio fiscal que solicitó desde el primer momento esa absolución.
La sentencia ha reconocido que monseñor Martínez actuó de forma legítima al hacer uso de su “potestad disciplinaria respecto de quien mantiene una subordinación jerárquica voluntariamente aceptada (...) en virtud de una interpretación constitucional de esa relación jerárquica que ha sido respetuosa con el ejercicio de los derechos fundamentales”. El pronunciamiento llega después de que monseñor Martínez haya dado muestras de lealtad sincera con nuestro ordenamiento constitucional y haya colaborado en todo momento con la justicia.
Agradecemos a Dios el don que hace a la Iglesia en la persona de Mons. Javier Martínez, testigo de que la fe eclesial suscita una humanidad verdadera, y, por tanto, más capaz de contribuir al bien de la sociedad.
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